TVE, condenada por despedir a un falso colaborador
El Tribunal Constitucional ha declarado nulo el despido de un trabajador del centro territorial en Vigo de la estatal Televisión Española -TVE- al que la cadena echó porque no quería reconocerlo como un empleado de plantilla. Con la fórmula de "contrato de arrendamiento de servicios", TVE mantuvo al trabajador durante diez años. Entonces, el afectado pidió ante el juzgado que se le reconocieran sus derechoas laborales como asalariado, ante lo que la cadena decidió echarlo a la calle. El trabajador consiguió sentencia favorable, pero el Tribunal Superior de Justicia de Galicia se posicionó a favor de la cadena. Ahora es el Tribunal Constitucional el que da la razón al trabajador y concluye que el despido fue una represalia de TVE. El fallo del Constitucional dice: "la empresa decidió poner fin a una relación laboral de más de diez años, durante los cuales no constan disfunciones profesionales o personales, en fechasinmediatamente posteriores al inicio por parte de J.J.T.F. de una serie de acciones encaminadas a lograr la declaración de laboralidad de su relación". A esta sentencia ha ayudado el hecho de que, tras despedir a JJTF, TVE "contrató" en su lugar a otra persona, a la que obligó a constituirse como empresa. De momento, la historia la cuenta EFE. En 2000 ya hubo otra sentencia similar del Constitucional contra TVE.
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